Artículo 1°.- La cuota parte correspondiente a la Provincia Carangas, Departamento de Oruro, del total asignado para obras publicas a dicho Departamento por Ley de 20 de mayo de 1947, se destina así:

Obras Públicos Provinciales:
1.-- Instalación de luz eléctrica en la capital CorqueBs. 150.000.--
2.-- Captación de aguas potables en Huachacalla" 300.000.--
3.-- Captación de aguas potables en Turco" 100.000.--
4.-- Instalación de la línea telegráfica Corque-Huachacalla-Sabaya" 154.851.85
5.-- Instalación de la línea telegráfica Corque-Turco" 50.000.--
6.-- Construcción de la Posta Sanitaria en Huachacalla" 100.000.--
Edificaciones Escolares:
7.-- Conclusión del edificio de la Escuela Vocacional de la capital Corque" 30.000.--
8.-- Conclusión de la escuela de Huachacalla" 40.000.--
9.-- Conclusión de la escuela y construcción del Teatro Escolar en Sabaya" 100.000.--
10.-- Construcción del Teatro Escolar en Andamarca" 50.000.--
11.-- Construcción de la Sección Internado del Núcleo Indígena de Quellkata" 40.000.--
12.-- Construcción de las escuelas de Carangas, La Ribera, Todos Santos y Chuquichambi, a Bs. 30.000.-- cada una" 120.000.--
13.-- Construcción de las escuelas de Negrillos, Chipaya, Cruz de Huayllas, Cotasi, Sacabaya, Tarucachi, Anckockala, Titir, Challviri, Lacka-lacka, Cosapa, Sajama, Choquecota, San Miguel, Huayllamarca, Totora, Chachacomani, Curahuara de Carangas y Marcachave, a Bs. 20.000.-- cada una" 380.000.--
14.-- Conclusión de la escuela de Escara" 17.000.-- -
15.-- Conclusión de la escuela de Isla de Coipasa." 10.000.--
16.-- Conclusión de las escuelas de Romero Pampa, Yunguyo, Machacamarca, Villa Vitalina, Pacoriza, Cala, Belén de Andamarca, Llonquera, Bella Vista, Cotasaya y Choquemarca, a Bs. 10.000.-- cada una" 110.000.--
17.-- Para adquisición de mobiliario escolar" 100.000.--
Total. ..Bs. 1.851.851.85

Artículo 2°.- Dichas obras se ejecutarán por las "Juntas de Obras Públicas" y "Juntas de Auxilio Escolar" correspondientes, con intervención del Representante Nacional por Carangas y de las autoridades de la Contraloría General.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Pez, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitía.- A. Landívar Ribera.- C. López Arce, Senador Secretario.- A. Sarti, Senador Secretario.- P. Montaño, Diputado- Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
Por tanto; en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 79 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República, Palacio del Congreso Nacional, en la ciudad de La Paz, veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y ocho años.
M. Urriolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario. __ A. Camacho Pórcel, Congresal Secretario.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de julio de 1948
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioObras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, destínase una parte de los fondos fijados para ese Departamento por la Ley de 20 de mayo de 1947.
KeywordsLey, julio/1948
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitía.- A. Landívar Ribera.- C. López Arce, Senador Secretario.- A. Sarti, Senador Secretario.- P. Montaño, Diputado- Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. M. Urriolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario. __ A. Camacho Pórcel, Congresal Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
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