Artículo 1°.- De los fondos creados por el tercer párrafo del Artículo 3° de la Ley de 20 de mayo del año en curso, se destina la suma de un millón doscientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta y siete bolivianos (Bs. 1.234.567.-- ), para las siguientes obras de inaplazable urgencia en la Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca:
a) Para aguas potables de la ciudad de Tarabuco | Bs. 600.000.- |
b) Para defensivos y refacciones de la "Escuelo Granja" de Tarabuco | " 50.000.-- |
c) Para ampliación de luz eléctrica en la ciudad de Tarabuco | " 50,000.-- |
d) Para alcantarillado de la ciudad de Tarabuco | " 100.000.-- |
e) Para la adquisición de una casa paro "Escuela de Niñas" de la ciudad de Tarabuco | " 100.000.-- |
f) Para aguas potables de la Villa de Yamparáez | " 80.000.-- |
g) Para luz eléctrica de la Villa de Yamparáez | " 50.000.-- - |
h) Para la adquisición de una casa para "Escuela Mixta" de la Villa de Yamparáez | " 80.000, --- |
i) Para la adquisición de una casa y su adaptación para "Puesto Sanitario deEmergencia" en la Villa de Yamparáez | " 45.000.-- |
j) Para aguas potables del Cantón Paccha | "30.000.-- - |
k) Para la adquisición de una casa para "Escuela Mixta" del Cantón Paceña | " 20.000.-- |
I) Para extensión de una línea telefónica al Cantón Sotomayor | " 29.567.-- |
Artículo 2°.- La Dirección Departamental de Obras Públicas y los Comités y Subcomités de Obras Públicas de la Provincia de Yamparáez, se encargarán de la administración y ejecución de las obras indicadas, previo llamamiento a propuestas con intervención de la Controlaría Departamental de Chu-quisaca.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de julio de 1948 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Yamparáez del Departamento de Chuquisaca, destínase Bs. 1.234.567 de los fondos creados por la Ley de 20 de mayo de 1947. | ||||
Keywords | Ley, julio/1948 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia.- A. Landívar Ribera.- N. García Chávez, Senador Secretario.- P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- P. Montaño, Diputada Secretario.- A. Camacho Pórcel. Diputado Secretario. M. Urriolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario.- A. Camacho Pórcel, Congresal Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.