Artículo 1°.- De los fondos creados por Ley de 20 de mayo de 1947 y de acuerdo a lo dispuesto en su Artículo 3° e inciso 3°, se destina la suma de Bs. 793.650.70 a la Provincia Tapacarí del Departamento de Cochabamba, para la ejecución de varias obras públicas, y cuya distribución se hará en la siguiente forma:
Construcción de una escuela en Tapacarí | Bs 453.650.70 |
Construcción de una escuela en Ramadas | " 10.000.-- |
Construcción de una escuela en Challa | " 10.000.-- |
Construcción de una escuela en Lique | " 10.000.-- |
Construcción de una escuela en Tunas Vinto | " 10.000.-- |
Captación de aguas en Tapacarí | " 200.000.-- |
Para el servicio, eléctrico | " 100.000.-- |
Artículo 2°.- La administración, así como la ejecución de las obras enumeradas, estarán a cargo de los Comités de Obras Públicas y Juntas de Auxilio Escolar de la referida Provincia, con intervención de la Contraloría respectiva.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de julio de 1948 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Obras Publicas.-- para su construcción en la Provincia Tapacarí del Departamento de Cochabamba, destínase Bs. 793.650.70 de los fondos provenientes de la Ley de 20 de mayo de 1947. | ||||
Keywords | Ley, julio/1948 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia.- A. Landivar Ribera.- A. Sarti, Senador Secretario.- P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- P. Montaño, Diputado Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. M. Urriolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario.- A. Camacho Pórcel, Congresal Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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