Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para efectuar una emisión de estampillas conmemorativas del IV Centenario de La Paz, de cuyo producto se utilizara la suma de Veinte millones de bolivianos (Bs. 20.000.000.-- -) con destino a las obras y actuaciones de dicho acontecimiento.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo obtendrá, entre tanto se vendan las estampillas, un préstamo por igual suma en el Banco Central de Bolivia, garantizando su reembolso con el producto total de la emisión.
Norma | Bolivia: Ley de 4 de diciembre de 1947 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Estampillas.-- - Se autoriza al Ejecutivo emitir las conmemorativas del IV Centenario de la Fundación de La Paz. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1947 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - P. Saucedo Barberí, Senador Secretario.- - A. Sartí. Senador Secretario.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - C. Valverde. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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