Artículo 1°.- Se autoriza la construcción de un muro de desviación a la altura del Cantón Toco en el río de Siches en la extensión de 1.200 metros, bajo la supervigilancia y control de la Dirección de Riegos de Cochabamba y un Comité formado por cinco representantes nombrados por los propietarios y el Secretario General del Sindicato Agrario de Cliza.

Artículo 2°.- Los fondos que demande dicha construcción serán provistos en la siguiente forma:

  1. Por el aporte de los propietarios beneficiarios de la obra en la proporción de cien bolivianos por arrobada de terreno de acuerdo a la extensión que posean.
  2. Un millón de bolivianos de los fondos creados por Ley de 8 de noviembre de 1945 pertenecientes a la provincia y que se encuentran depositados en el Banco Central de Bolivia en cuenta especial.
  3. Bs. 793.650.79 de los fondos que corresponden a la misma provincia en virtud del tercer párrafo del articulo 3º. De la Ley de 20 de mayo de 1947 que amplía el crédito fiscal.

Artículo 3°.- Hasta la conclusión de la obra indicada en esta Ley, los propietarios quedarán encargados de facilitar la prestación voluntaria de brazos indispensables, conforme a la costumbre establecida, conocida con el nombre de "Varajo".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 25 de octubre de 1947.
M. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - N. García Chávez, Senador Secretario ad hoc.- - P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog. .- - C. Guachalla.--. C. Valverde.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 29 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMuro de desviacion.-- - Se autoriza su construcción a la altura del cantón Toco en el Río Siches.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - N. García Chávez, Senador Secretario ad hoc.- - P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - C. Guachalla.--. C. Valverde.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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