Artículo Único.- Con cargo al capitulo de Obligaciones del Estado, se concede pensión vitalicia de tres mil bolivianos (Bs. 3.000.-- -) mensuales a la señora Benilda M. V. de Terrazas, madre del que fue doctor Rubén Terrazas, asesinado el 20 de noviembre de 1944.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog. .- - C. Guachalla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 29 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPension Vitalicia.-- - Se concede a Benilda M. de Terrazas.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - C. Guachalla.
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PublicadorDeveNet.net

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