Artículo 1°.- La Prefectura del Departamento de Chuquisaca, atenderá en forma normal la amortización e intereses de los empréstitos de "Vialidad y Obras Publicas, Aguas Potables, Alcantarillado y Pavimentación" que se tienen colocados en los Bancos Central y Nacional de Bolivia.

Artículo 2°.- Efectuada la recaudación de los recursos creados por Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas que sirven tales empréstitos y canceladas que sean las amortizaciones ordinarias e intereses, los fondos remanentes se destinan a la terminación del camino carretero San Pedro ---Azurduy y el estudio y construcción de los caminos: Villa--Orías---San Lucas, Monteagudo--Huacareta---Ñacamiri y Azurduy--San Juan del Piray---Añimbo".

Artículo 3°.- Los Tesoros Nacional y Departamental de Chuquisaca, depositaran estos fondos remanentes en cuenta especial denominada "Vialidad y Obras Publicas Provinciales" en la Agencia del Banco Central de la ciudad de Sucre.

Artículo 4°.- Los fondos a que se refiere el Artículo anterior serán manejados por la Prefectura del departamento y de acuerdo con la oficina de Vialidad Departamental con intervención de la Contraloría.

Artículo 5°.- Liberados que sean los recursos creados para la atención de los empréstitos especificados en el Artículo 10. se consolidan a favor del Departamento de Chuquisaca. En las siguientes proporciones: 50% para obras en la Capital Sucre y 50% para vialidad y obras publicas provinciales.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 25 de octubre de 1947.
M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - P. Saucedo Barberí, Senador Secretario.- - N. García Chávez., Senador Secretario ad hoc.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog G. .- - C. Guachalla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCamino San Pedro Azurduy.-- - Esta obra y el estudio de los caminos de Villa Orías San Lucas Monteagudo, Huacareta y otros, serán atendidos con los remanentes del empréstito de Vialidad y Obras Publicas.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - P. Saucedo Barberí, Senador Secretario.- - N. García Chávez., Senador Secretario ad hoc.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. E. Hertzog G. .- - C. Guachalla.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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