Bolivia: Ley de 18 de noviembre de 1947

ENRIQUE HERTZOG G.,
Presidente Constitucional de la República
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA: --- Complementase la Ley General del Trabajo con las siguientes disposiciones:

Artículo 1°.- Tendrán derecho a recibir indemnización correspondiente a sus años de servicio, los herederos legales de los empleados u obreros fallecidos en el servicio de las empresas industriales y comerciales.

Artículo 2°.- Sobre esta indemnización el Estado no cobrará ninguna clase de impuestos y será inembargable.

Artículo 3°.- Tendrán derecho a recibir el valor de las indemnizaciones por los años de servicio: el cónyuge o tenido por tal, los hijos, padres o hermanos si no hubiesen herederos directos, conforme a la ley civil. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 6 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- N. García Chávez, Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog. .- - D. Gamarra,

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 18 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey General del Trabajo.-- - Complementase con las disposiciones que se consignan.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- N. García Chávez, Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - D. Gamarra,
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