Artículo 1°.- Autorizase al Comité IV Centenario de la Fundación de La Paz, contraer un empréstito de Cien millones de bolivianos (Bs. 100.000.000.-- -) en el Banco Central de Bolivia u otra institución bancaria nacional o extranjera, con un interés no mayor del 4% anual y una amortización del 10%, con destino a la sobras que se señalan en esta ley:

Artículo 2°.- Para la mejor solvencia de este empréstito modifícase los incisos e), h), i) y k)de la Ley de 29 de noviembre de 1943 y 1º. De Diciembre de 1944, en los siguientes términos:
“e) Patente adicional sobre propiedades mineras del departamento, de Bs. 4.-- - por hectárea, sin excepción.

  1. Impuesto adicional sobre cigarros y cigarrillos que se consuman en el Departamento de La Paz, en la siguiente proporción: Un boliviano por cada cajetilla de cigarrillos extranjeros, siendo considerados como tales aquellos que utilicen para su fabricación tabaco importado. Los cigarros en hoja extranjeras sufrirán un recargo del veinte por ciento sobre los impuestos actualmente vigentes;
  2. Dos bolivianos de impuesto adicional por litro de alcohol potable y un boliviano por litro de aguardiente, que se consuma en el Departamento de La Paz;
  3. Bs. 25.-- - por cada botella de bebidas finas importadas; (Wisky, Oporto, Cogñac, Champaña y otras catalogadas en el arancel aduanero), y Bs. 5.-- - sobre los de segunda categoría.”

Artículo 3°.- El servicio de amortizaciones e intereses de este empréstito serán cubiertos por los recursos creados por ley de 29 de noviembre de 1943 y 1º de diciembre de 1944.

Artículo 4°.- Los fondos provenientes de este empréstito serán invertidos en las siguientes obras:

a) Extensión de servicios sanitarios e higiénicos en la ciudad. Préstamo reversible a los propietarios pobres para conexiones domiciliarias de alcantarillas y construcciones de estaciones de aseo en la ciudadBs. 30.000.000.-
b) Forestación de la ciudad" 5.000.000.-- -
c) Edificio para el Instituto Normal Superior" 7.000.000.-- -
d) Parque Nacional (donde serán colocados los equipos deportivos obsequiados Por el Uruguay y campos deportivos)" 15.000.000.-- -
e) Para refacciones y construcciones escolares" 5.000.000.--
f) Ampliación del Asilo "San Ramón"" 2.000.000.-- -
g) Ampliación y dotación del Asilo " Carlos de Villegas"" 2.000.000.-- -
h) Auditórium del, Hospital General de Miraflores" 500.000.-- -
i) Préstamo para la realización de la Feria y fomento posterior de la industria Agropecuaria en Provincias" 3.000.000.-- -
j) Monografías de La Paz (saldo)" 2.500.000.-
k) Gastos de Administración de los funcionarios del Comité Pro IV Centenario de La Paz" 2.000.000.-- -
l) Estadium cubierto" 6.000.000.--
ll) Para obras en provincias distribuido en proporciones iguales, para cada distrito " 20.000.000.-- -

Artículo 5°.- En la financiación, inversión y ejecución de las obras de la presente ley, intervendrán con las autoridades departamentales, los diputados de cada distrito.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 7 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- N. García Chávez, Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog. .- - C. Guachalla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 17 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEmprestito.-- - Se autoriza contratar uno por cien millones de bolivianos al Comité Pro IV Centenario de la fundación de La Paz.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- N. García Chávez, Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - C. Guachalla.
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