Artículo 1°.- Crease en el Departamento de Chuquisaca y con representación parlamentaria propia, la Provincia Luis Calvo con los cantones Sapiranguy, Ticuha, Iguembe, Huacaya, Ivo, Camatidi, Machareti, Ñancorainza y Carandaiti, siendo la capital de esta nueva Provincia la "Villa Vaca Guzmán" (antes Muyupampa).

Artículo 2°.- Forman su primera sección con sede en dicha Villa, los cantones Sapiranguy y Ticuha e Iguembe.

Artículo 3°.- Constituirán una Segunda sección municipal de la Provincia Luis Calvo, Los Cantones Huacaya, Ivo, Camatindi, Machareti, Ñancoraiza y Caranditi, teniendo por capital la Villa de Huacaya.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 8 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - E. Monasterio, --- Senador Secretario.- N. García Chávez., Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- -. E. Fernández Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog.- - C. Guachalla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProvincia Luis Calvo.-- - Crease en el, Departamento de Chuquisaca.
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - E. Monasterio, --- Senador Secretario.- N. García Chávez., Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- -. E. Fernández Diputado Secretario. E. Hertzog.- - C. Guachalla.
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