Artículo 1°.- Autorizase al Poder Ejecutivo para que mediante el Ministerio de Defensa ceda en propiedad y a titulo gratuito el fundo rustico denominado " Lajas Tambo " a la Universidad Mayor "San Francisco Xavier" de Chuquisaca, para que ésta utilice como granja experimental de la Escuela de Agronomía que funciona en la Capital

Artículo 2°.- Se salva el, terreno ocupado actualmente por la pista y aeropuerto y los terrenos que necesitare para su posterior ampliación.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 4 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Rivera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- -. A. Camacho Pórcel Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog.- -P. Zilveti Arze.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 8 de noviembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioGranja Experimental de la Escuela de Agronomia.-- - El Poder Ejecutivo cederá para este fin a la Universidad de Chuquisaca la propiedad "Lajas Tambo".
KeywordsLey, noviembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Rivera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- P. Saucedo Barberí., Senador Secretario.- - P. Montaño, Diputado Secretario.- -. A. Camacho Pórcel Diputado Secretario. E. Hertzog.- -P. Zilveti Arze.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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