Artículo 1°.- Se destina la suma de Doscientos Cincuenta mil bolivianos (Bs. 250.000.-- ) para el cambio y reparación de las cañerías de Aguas Potables que conducen a las fuentes del parque "Aroma", "San Lorenzo" y servicio publico de la capital de la Provincia Tarta y de las que conducen al pueblo de Anzaldo Segunda Sección de la Provincia de Tarata, por encontrarse en estado de deterioro.
Artículo 2°.- De la suma anteriormente asignada, corresponderá a la Capital de la Provincia Ciento cincuenta mil bolivianos y a la Segunda Sección Anzaldo Cien mil bolivianos, todo íntegramente con destino a la restauración y habilitación del servicio de Aguas Potables de ambas localidades y con cargo al Item 304 del Presupuesto Nacional, Gestión de 1946"Prosecución de Obras Publica de la Republica".
Artículo 3°.- Los fondos serán administrados directamente por la Dirección Departamental del Servicio de Hidráulica y Electricidad.
| Norma | Bolivia: Ley de 30 de octubre de 1947 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Cañerias.-- - Se destinan fondos para la reparación de las del Parque "Aroma" en Anzaldo. | ||||
| Keywords | Ley, octubre/1947 | ||||
| Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
| Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
| Creador | M. Urriolagoitia. .-- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - Saucedo Barberí, Senador Secretario. .- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel Diputado Secretario. E. Hertzog.- -Crisanto Valverde. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.