Artículo 1°.- Se declara que pertenecen al dominio de la Municipalidad de Sucre todos los terrenos expropiados o comprados a particulares, con fondos nacionales o departamentales, a partir de 1936, y cuyo destino fuera la formación, apertura o ensanche de calles, en ejecución del plan vigente de urbanización en dicha ciudad.

Artículo 2°.- Se autoriza al Municipio de la Capital de la Republica, a hacer compensaciones de estos terrenos y de otros de su dominio con lotes de propiedad particular, en condiciones de equivalencia, y a venderlos en publica subasta, para permitir la ejecución del mencionado plan de urbanización.

Artículo 3°.- Asimismo, se autoriza al Municipio de la Capital de la Capital de la Republica, la venta en publica subasta, del chalet construido sobre las avenidas Kilómetro siete y Rosendo Villa de dicha ciudad, incluyendo el terreno adyacente en la forma y extensión contemplados en el respectivo plano.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 5 de septiembre de 1947.
M. Urriolagoitia.- -A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno. Senador Secretario.- - P. Saucedo Barberí, Senador Secretario. .- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los ventiun días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y siete años.
M. Urriolagoitia.- - Alf. Mollinedo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de octubre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTerrenos.-- - Se declaran municipales todos los comprados a partir de 1936, en la ciudad de Sucre.
KeywordsLey, octubre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia.- -A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno. Senador Secretario.- - P. Saucedo Barberí, Senador Secretario. .- - P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Pórcel Diputado Secretario. M. Urriolagoitia.- - Alf. Mollinedo.
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PublicadorDeveNet.net

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