Artículo Único.- Liberase al club deportivo "The Strongest" de la ciudad de Tupiza, del impuesto sobre transferencias, en la compra de cuatro mil metros cuadrados de terreno que debe efectuar en aquella ciudad, con destino a sus campos de deportes.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 31de mayo de 1947.
M. Urriolagoitia.- José Antonio Arze-- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- -Ángel Mendizábal, Senador Secretario.- -H. Bohórquez Diputado Secretario.- - M. J. Justiniano, Diputado Secretario. Ad hoc.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio de mil novecientos cuarenta y siete años.
E: Hertzog G.- -A. Molina.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de junio de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuestos.-- - Se libera de los de transferencia al Club The Strongest de Tupiza.
KeywordsLey, junio/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia.- José Antonio Arze-- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- -Ángel Mendizábal, Senador Secretario.- -H. Bohórquez Diputado Secretario.- - M. J. Justiniano, Diputado Secretario. Ad hoc. E: Hertzog G.- -A. Molina.
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PublicadorDeveNet.net

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