Artículo 1°.- Se proclama Presidente de la República al ciudadano Enrique Hertzog G., y Vicepresidente de la República al ciudadano Mamerto Urriolagoitia, por el período comprendido entre el 10 de marzo del año en curso y el 6 de agosto de 1951.
Artículo 2°.- Señalase el día 10 del corriente mes, horas 15, para que el Presidente del H. Congreso Nacional reciba el juramento de ley a los ciudadanos proclamados.
Artículo 3°.- Se declara civil feriado en el territorio de la República con cierre de oficinas públicas y particulares el día de la investidura presidencial.
Norma | Bolivia: Ley de 8 de marzo de 1947 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Presidente y Vicepresidente De La Republica.-- - Son proclamados los ciudadanos Enrique Hertzog y Mamerto Urriolagoitia. | ||||
Keywords | Ley, marzo/1947 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | J. Gil S.- José Antonio Arze.- - Angel Mendizabal, Senador Secretario.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - H. Bohórquez, Diputado Secretario.- -P. Montaño. Diputado Secretario T. Monje Gutierrez.- - R. Bilbao La Vieja.- -Luis Gozalvez I. .-- A. Alcoba.- - C. Muñoz Roldan.- -A. Solares.- -R. Saenz G.- -Ml. Elías.- -Julio Cesar Canelas.- -J. Saavedra S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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