Artículo 1°.- El impuesto creado por el artículo 5o. de la ley de 25 de noviembre de 1941 y la recaudación efectuada desde aquel año, correspondiente a la coca, café, cacao y locoto que se produce en ambos lados del río Chapare, se destinan a la construcción de un puente sobre el río Rocha, en el camino de Cochabamba-Sacaba.
Artículo 2°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Cochabamba para flotar un empréstito hasta la suma de dos millones de bolivianos (Bs. 2.000.000.-- ), con la garantía del impuesto a que se refiere el artículo 1o. de la presente ley, en cualesquiera de las instituciones de crédito del país y en las condiciones corrientes para el pago de intereses, amortización y comisiones.
Artículo 3°.- Una vez redimido el empréstito autorizado por el artículo anterior, el impuesto afectado a esa operación será utilizado en su integridad en las obras de pavimentación del camino Cochabamba-Sacaba.
Artículo 4°.- Los fondos serán manejados por un Comité integrado por un representante de la Dirección General de Vialidad, el Prefecto del Departamento, el Contralor Departamental, el Subprefecto y el Alcalde Municipal de la Provincia del Chapare.
Artículo 5°.- En caso de concederse el empréstito por el Banco Central de Bolivia, se hará siempre que exista margen en el monto de créditos concedidos al Estado al 31 de diciembre de 1934.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de diciembre de 1945 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Puente.-- Los impuestos sobre coca y café, destínase a la construcción de éste sobre el Río Rocha. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1945 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Alb. Mendoza López.- Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. G. Villarroel.- V. Paz Estenssoro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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