Artículo 1°.- Declárase la necesidad y utilidad pública de la expropiación del inmueble y enseres del nominado "Centro Escolar Alemán" de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ubicado sobre la calle "Ñuflo de Chávez" manzana No. 28, sitio No. 2 en la base de su actual apreciación catastral.
Artículo 2°.- Para el pago de la mencionada expropiación y trabajos de reconstrucción y otros en el mencionado edificio se asigna la suma de quinientos mil bolivianos (Bs. 500.000.-- ) imputables al párrafo de "Edificaciones Escolares" del Ministerio de Educación Pública, edificio que se declara de propiedad del Círculo de Bellas Artes.
Artículo 3°.- La Junta Económica de Defensa Nacional, intervendrá en los trámites de la mencionada expropiación.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de noviembre de 1945 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Expropiacion.-- Por necesidad y utilidad públicas efectuaráse del "Centro Escolar Alemán" de Santa Cruz. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1945 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Alb. Mendoza López.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.- Heberto Añez, Convencional Secretario. G. Villarroel.- My. J. Calero V. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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