Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del fundo denominado Tacagua de propiedad del señor Romelio Yañez, situado en la zona del mismo nombre de la Provincia Abaroa del Departamento de Oruro, en el que se realizarán los trabajos del tranque del Río Tacagua.
Artículo 2°.- El Ministerio de Agricultura y Regadío procederá a la expropiación e indemnización respectiva, conforme a la ley de 24 de octubre de 1944.
Artículo 3°.- El valor de la expropiación será pagado con los fondos existentes para este fin creados por ley de 1o. de diciembre de 1944.
Norma | Bolivia: Ley de 15 de noviembre de 1945 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Expropiacion.-- Realizárase del fundo Tacagua, del Sr. Romelio Yañez, de la Provincia Abaroa. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1945 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Alb. Mendoza López.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.- Heberto Añez, Convencional Secretario. G. Villarroel.- Julio Zuazo C. My. Edmundo Nogales O. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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