Artículo Único.- Modifícase la Ley de 22 de noviembre de 1919 en sentido de que la Provincia Inquisivi se divida en cuatro secciones municipales en la siguiente forma:
Primera Sección: Capital Inquisivi: con los siguientes cantones, Inquisivi, Capiñata, Cavari, Escola y Arcopongo;
Segunda Sección: Capital Quime, con los siguientes cantones: Quime, Ichoca, General Camacho, Choquetanga y Huañacota;
Tercera Sección: Capital Cajuata, con los cantones siguientes: Cajuata, Circuata, Huaritolo, Suri y Charapaxi;
Cuarta Sección: Capital Colquiri, con los siguientes cantones: Colquiri, Caluyo, Lanza, Coriri y Uyuni.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 27 de octubre de 1945.
J. V. Montellano.- Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y cinco años.
G. Villarroel.- My. Edmundo Nogales O.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 3 de noviembre de 1945
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSecciones Municipales.-- Divídese en 4 la Prov. Inquisivi, modificándose, de esta manera, la Ley de 22 de noviembre de 1919.
KeywordsLey, noviembre/1945
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. V. Montellano.- Eufronio Hinojosa, Convencional Secretario.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario. G. Villarroel.- My. Edmundo Nogales O.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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