Artículo 1°.- Declárase civil feriado sin cierre de oficinas en todo el territorio de la República, el día 18 de noviembre del presente año, en conmemoración del Centenario del Himno Nacional de Bolivia que fué ejecutado y entonado por primera vez en la ciudad de La Paz, bajo la dirección de su autor musical don Leopoldo Benedetto Vincenti, con letra del poeta don José Ignacio Sanjinés.

Artículo 2°.- El Ministerio de Educación mandará imprimir la música y letra con los retratos de sus autores, para ser repartidos en todas las oficinas públicas y establecimientos de instrucción de la República.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 16 de octubre de 1945.
J. V. Montellano.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.- Carlos Morales A., Convencional Secretario ad-hoc.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco años.
G. Villarroel.- My. Edmundo Nogales O.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 23 de octubre de 1945
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioFeriado Nacional.-- Declárase en la República, el 18 de noviembre de 1945, como homenaje al centenario del Himno Nacional Boliviano.
KeywordsLey, octubre/1945
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. V. Montellano.- R. Villafuerte Valle, Convencional Secretario.- Carlos Morales A., Convencional Secretario ad-hoc. G. Villarroel.- My. Edmundo Nogales O.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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