Artículo 1°.- Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Vallegrande para contratar en el Banco Central de Bolivia u otra institución de crédito, un empréstito hasta la suma de cuatro millones de bolivianos (Bs. 4.000.000.- ), con un interés no mayor del 6% por año y una amortización del 5%, con destino a la captación de aguas potables y obras públicas de la Provincia.
Artículo 2°.- El crédito a que se refiere el artículo anterior se hará efectivo por partidas, en la medida que requieran las obras.
Artículo 3°.- Con el fin exclusivo de garantizar el servicio de amortización e interés, se crean los siguientes impuestos:
Artículo 4°.- Consolídase en favor de la garantía del servicio de amortización e interés del empréstito, el monto total de la asignación que le reconoce a Vallegrande el articulo 7o. de la ley de 1o. de diciembre de 1943.
Artículo 5°.- En caso de concederse el empréstito por el Banco Central de Bolivia, se hará efectivo siempre que exista margen en el monto de créditos concedidos al Estado al 31 de diciembre de 1943.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de diciembre de 1944 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Empréstito. - Autorízase contraerlo a la Alcaidía Municipal de Valle-grande (Dpto Santa Cruz), hasta la suma de Bs. 4.000.000.- para obras públicas. Concordante con Ley de 1ro de diciembre de 1943. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1944 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Reyes Ortíz A.- G. Monroy Block, Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario. G. Villarroel.- My. A. Quinteros. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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