Artículo 1°.- Declárase de propiedad de la Municipalidad de Quillacollo, las zonas de playa del Rio "Tacata", que han quedado libres por los frecuentes cambios de su cauce, desde el lugar denominado "Bella Vista" hasta el puente, en el camino a "Marquina" y los terrenos que se obtuvieron como consecuencia de las obras de defensivos, rectificación y canalización que realizará la Dirección Departamental da Hidráulica de la ciudad de Cochabamba.

Artículo 2°.- La Municipalidad de Quillacollo venderá en subasta pública estos terrenos por lotes o parcelas, según convenga a sus intereses.

Artículo 3°.- El producto que se obtuviese de los remates, la Municipalidad destinará a las siguientes obras:

  1. - Al pago de indemnización a los propietarios cuyos terrenos sean utilizados en las rectificaciones del cauce del río;
  2. - El saldo, a la adquisición de terrenas y construcción de un Hospital en la ciudad de Quillacollo.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 14 de diciembre de 1944.
H. Duchen.- G, Monroy Block, Convencional Secretario, - A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A., Convencional Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes da diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro años.
G. Villarroel - My. Quinteros.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 18 de diciembre de 1944
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRio Tacata. - Las zonas de playa que han quedado libres, declaranse de propiedad de la Municipalidad de Quillacollo y autorízase su venta.
KeywordsLey, diciembre/1944
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorH. Duchen.- G, Monroy Block, Convencional Secretario, - A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A., Convencional Secretario. G. Villarroel - My. Quinteros.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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