Artículo 1°.- Se autoriza a la Comunidad que administra el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Cruz, para la venta en pública subasta de un lote de terreno, ubicado en dicha ciudad, entre las calles Ñuflo de Chávez, Oruro, Warnes y Viedma, el mismo que fue donado por el señor Froilán Arana.

Artículo 2°.- El producto de esta venta se destina a la obra de la construcción de la Capilla del Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Cruz.

Artículo 3°.- En los trámites de la venta y en la inversión de los recursos que se obtengan con ella, intervendrá el representante de la Contraloría General en Santa Cruz.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 27 de noviembre de 1944.
D. Foianini.- G. Monrroy Block, Convencional Secretario.- B. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A. Convencional Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro años.
G. Villarroel.- J. Zarco Kramer

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 7 de diciembre de 1944
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioHospital "San Juan de Dios" de Santa Cruz.- Autorízase a la Comunidad que lo administra para la venta de un terreno ubicado en la ciudad.
KeywordsLey, diciembre/1944
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorD. Foianini.- G. Monrroy Block, Convencional Secretario.- B. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario.- C. Morales A. Convencional Secretario. G. Villarroel.- J. Zarco Kramer
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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