Artículo Único.- Con cargo al Presupuesto Nacional de 1944, Item 225 de "Varios Caminos" Capítulo IV, Párrafo "A" de Obras Viales del Departamento de La Paz, destínase la suma de Cien Mil Bolivianos (Bs. 100.000), para la conclusión del camino carretero a Villa Pérez de la Provincia Muñecas.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 29 de noviembre de 1943.
Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres años.
Gral. Peñaranda.- Luís Calvo.
ES CONFORME:
Germán Costas, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 9 de diciembre de 1943
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCamino carretero.- Destínase la suma de cien mil bolivianos a la conclusión del de Villa Pérez.
KeywordsLey, diciembre/1943
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Luís Calvo. Germán Costas, Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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