Artículo 1°.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Capinota para permutar un lote de terreno, ubicado al final del, antiguo "Lazareto", de esa localidad, con otro, de igual extensión, propio de los herederos de Juan Valverde, destinándolo a la ampliación del Hospital que actualmente se construye.

Artículo 2°.- Autorízase, asimismo, la venta en subasta pública de los terrenos del "Callejón", sitos entre las calles Bolívar y Aroma, y de los que existen al final de las calles Olañeta e Ingavi de la misma capital.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 29 de noviembre de 1943.
Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres años.
Gral. Peñaranda.- Enrique Hertzog.
ES CONFORME:
A. Tellez, Subsecretario de Salubridad.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 7 de diciembre de 1943
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAlcaldia de Capinota.- Queda autorizada para permutar un terreno.
KeywordsLey, diciembre/1943
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Enrique Hertzog. A. Tellez, Subsecretario de Salubridad.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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