Artículo 1°.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Sucre a enajenar en pública subasta dos casas ubicadas en las calles Perú y Torrelio de la Capital de la República y el fundo rústico denominado "Huatilla", situado en el cantón Huata, Provincia de Oropeza del Departamento de Chuquisaca, de propiedad municipal.
Artículo 2°.- Dicho remate se llevará a cabo sobre la base de la tasación pericial y justiprecio estimativo que para cada propiedad practique la Sección Técnica de la Dirección de Obras Públicas Departamentales.
Artículo 3°.- El producto de esas ventas se destina a la ampliación del Cementerio Público de Sucre y otras obras de imprescindible urgencia de esa Capital.
Norma | Bolivia: Ley de 7 de diciembre de 1943 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Alcaldia de Sucre.- Se la autoriza para rematar el fundo rústico denominado Huatilla. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1943 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Pedro Zilveti Arce. A. Valdez, Oficial Mayor de Gobierno. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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