Artículo 1°.- Destínase la totalidad del impuesto a la sucesión de la señora Emilia v. de Abularach, a la reparación de los edificios de las escuelas fiscales de niños y niñas de Santa Ana, de la Provincia del Yacuma, Departamento del Beni.
Artículo 2°.- La administración de estos recursos correrá a cargo de la Junta de Auxilio Escolar de dicha capital de Provincia.
Norma | Bolivia: Ley de 18 de noviembre de 1943 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuesto sucesorio.- Destínase el de la señora Emilia v. Abularach a la reparación de edificios escolares de las provincias Yucuma y Santa Ana. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1943 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.- J. Lijerón Rodríguez Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Luis Calvo. Germán Costas, Oficial Mayor de Hacienda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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