Artículo 1°.- Con garantía de Ios recursos creados por leyes de 3 de marzo de 1941 y 16 de diciembre de 1942, se autoriza al Poder Ejecutivo para gestionar y obtener un préstamo hasta la suma de quince millones de bolivianos, en partidas sucesivas, para la continuación de los trabajos del Estadio de Oruro y construcción de un Hotel en la misma ciudad, debiendo destinarse para la primera de las obras la suma de diez millones de bolivianos.

Artículo 2°.- Los intereses y amortización serán los mismos que se tiene señalados para esta clase de operaciones.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para Ios fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Ncacional. La Paz, 1º de octubre de 1943.
Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Carlos Beltrán Morales, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- H. Salmón Tapia, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y tres años.
Gral. Peñaranda.- Luís Calvo.
ES CONFORME:
Germán Costas, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 11 de octubre de 1943
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEstadio de Oruro.- Autorízase al Poder Ejecutivo para colocar un préstamo de quince millones de bolivianos para la prosecución de éste y la construcción de un Hotel.
KeywordsLey, octubre/1943
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- Carlos Beltrán Morales, Senador Secretario.- Julio Zuazo C., Diputado Secretario.- H. Salmón Tapia, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Luís Calvo. Germán Costas, Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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