Artículo 1°.- Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Villazón, capital de la Segunda Sección de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí para transferir a título oneroso al Banco Central de Bolivia, el lote necesario de terrenos municipales, en que se construirá el edificio para la instalación en él, de una sucursal del mencionado Banco.

Artículo 2°.- Se autoriza, igualmente a la indicada Alcaldía para vender en subasta pública y previa parcelación, los terrenos municipales suburbanos de la ciudad de Villazón.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 15 de septiembre de 1943.
Manuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.- A. Villalpando, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres años.
Gral. Peñaranda.- Pedro Zilveti Arce.
ES CONFORME:
A. Valdez, Oficial Mayor de Gobierno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de septiembre de 1943
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioBanco Central de Villazón.- Se autoriza a la Alcaldía de dicha localidad para transferir al Banco Central de Bolivia los terrenos necesarios a la construcción de aquél.
KeywordsLey, septiembre/1943
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorManuel Carrasco.- Enrique Baldivieso.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.- Atilio Molina, Diputado Secretario.- A. Villalpando, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Pedro Zilveti Arce. A. Valdez, Oficial Mayor de Gobierno.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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