Artículo Único.- Se eleva a categoría de leyes, los Decretos Supremos expedidos durante el presente año, para cancelar utilizando en préstamo los fondos congelados de los súbditos del Eje, los seguros que se adeudan por el Lloyd Aéreo Boliviano, a los familiares de las victimas de la tragedia del avión "Juan del Valle".


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 28 de Noviembre de" 1942.
Waldo Belmonte Pool.- Roberto Jordán Cuéllar, F. Capriles, Senador Secretario.- Julio Quintanilla, Senador Secretario.- E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de Diciembre de mil novecientos cuarenta y dos años.
GraL Peñaranda.- Joaquín Espada

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 16 de diciembre de 1942
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLos que adeuda el L.A.B. serán cancelados con los fondos congelados de los súbditos del Eje.
KeywordsLey, diciembre/1942
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorWaldo Belmonte Pool.- Roberto Jordán Cuéllar, F. Capriles, Senador Secretario.- Julio Quintanilla, Senador Secretario.- E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez, Diputado Secretario. GraL Peñaranda.- Joaquín Espada
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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