Artículo 1°.- Los impuestos a los minerales a que se refiere el artículo 10 de la Ley de 17 de abril de 1941, es decir, diez bolivianos (Bs. 10.-- ) por cada 46 kilogramos de wolfram y seis bolivianos (Bs. 6.-- ) por cada 46 kilogramos de estaño que se extrae de la provincia Sud Yungas, se destinarán para obras públicas en la circunscripción de los cantones de Yanacachi y Villa Aspiazu.

Artículo 2°.- Las obras a realizarse con dichos fondos, son las siguientes: 1) Camino carretero de Yanacachi a Villa Aspiazu y a la comunidad de Mocoya. 2) Camino carretero de Chacalla a Villa Aspiazu. 3) Instalación de aguas potables en las poblaciones de Yanacachi y Villa Aspiazu. 4) Reparación de caminos de herradura de la circunscripción de Yanacachi y Villa Aspiazu.

Artículo 3°.- Las direcciones generales de vialidad e hidráulica tendrán a su cargo la inversión de dichos fondos y la dirección técnica de los trabajos.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 28 de noviembre de 1942.
W. Belmonte Pool.- D. Cañetas.- Julio Pantoja Estenssoro, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario.- E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez. Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos años.
Gral. Peñaranda.- J. Espada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de diciembre de 1942
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuestos.-- Los que gravan al wolfram y estaño que se extrae de la provincia Sud Yungas, se destinarán a obras públicas de Yanacachi y Villa Aspiazu.
KeywordsLey, diciembre/1942
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorW. Belmonte Pool.- D. Cañetas.- Julio Pantoja Estenssoro, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario.- E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez. Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- J. Espada.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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