Artículo 1°.- Desde la promulgación de la presente ley, todos los impuestos nacionales, departamentales o municipales, que abonen las empresas que trabajan minas en las cuencas de Milluni y Chacaltaya, se asignan a la Junta de Obras Públicas de La Paz, con destino a la captación de nuevas fuentes de aprovisionamiento de agua potable.
Artículo 2°.- La asignación anterior no anula la contribución que deben dar las empresas mineras para la purificación de las aguas que usan en sus establecimientos metalúrgicos.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de noviembre de 1942 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuestos. --Los nacionales, departamentales y municipales abonados por las Empresas Mineras de Milluni y | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1942 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | W. Belmonte Pool.- D. Canelas.- M. Urriolagoitia, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario, - E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Joaquín Espada. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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