Artículo Único.- Los Comités creados por las leyes de 9 de enero y 4 de septiembre de 1941, para que se encarguen de la apertura de una Avenida entre la Plaza Uriondo y el río Guadalquivir y la construcción de un Balneario en el lugar denominado "El Morro" de la ciudad de Tarija, quedan integrados, además del personal que en dichas leyes se indica, con dos vecinos notables, que designara la Junta Vecinal del Barrio, en el que se ejecutarán dichas obras.


Comuníquese. al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 26 de Septiembre de 1942.
W. Belmonte Pool.- D. Canelas.- M. Urriolagoitia, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario.- E. Monasterios, Diputado Secretario.- Wálker Humérez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos cuarentidos años.
Gral. Peñaranda.- Alberto Crespo

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 6 de octubre de 1942
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioComites.-- Los encargados de la apertura de una Avenida en Tarija, serán integrados con dos vecinos más.
KeywordsLey, octubre/1942
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorW. Belmonte Pool.- D. Canelas.- M. Urriolagoitia, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario.- E. Monasterios, Diputado Secretario.- Wálker Humérez, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Alberto Crespo
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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