Artículo 1°.- Con imputación a la partida Gastos Generales del Presupuesto de Obras Públicas correspondiente a la gestión de 1942, se vota la suma de QUINIENTOS MIL BOLIVIANOS (Bs. 500.000.-- ), destinada a dotar de agua potable y luz eléctrica a Villa Aroma Capital de la Provincia Sicasica.
Artículo 2°.- La inversión de estos fondos y la construcción de las mencionadas obras correrán a cargo de la Junta de Obras Públicas de aquella capital, del Ingeniero Delegado de la Dirección General de Obras Públicas y un Representante de la Contraloría General de la República.
Norma | Bolivia: Ley de 17 de diciembre de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Obras Publicas. -- Con imputación a la partida Gastos Generales de su Presupuesto, se vota la suma de Bs. 500.000.-- destinada a dotar de agua potable y luz eléctrica a Villa Aroma. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes A., Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Juan José Carrasco, Diputado Secretario. Gral. Enrique Peñaranda.- J. Rodas Eguino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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