Artículo 1°.- La presentación del certificado de vacunación antivariolosa, es requisito indispensable:
Artículo 2°.- El Ministerio de Higiene y Salubridad, proveerá de fluido antivarioloso y del material necesario para la vacunación a los párrocos y demás entidades y personas a quienes obliga la ley.
Artículo 3°.- Es obligatoria y gratuita la vacunación antivariolosa en los consultorios públicos y particularmente de los profesionales médicos, así como el certificado correspondiente. El caso de negativa, será sancionado con las multas señaladas en el Artículo 5o.
Artículo 4°.- Es obligatoria la enseñanza de la técnica de vacunación antivariolosa en las Escuelas Normales, en las facultades de Teología de la República y en los colegios de instrucción secundaria, a efecto de habilitar a los maestros y párrocos para la campaña profiláctica contra la viruela. Igual obligación tendrán las oficinas sanitarias en general, para los propietarios de fundos, quienes deberán vacunar personalmente o por intermedio de un profesional.
Artículo 5°.- Los jefes y patrones de establecimientos públicos o privados que no hiciesen vacunado a sus dependientes después de tres meses de promulgada esta ley, pagarán una multa de quinientos a cinco mil bolivianos según la gravedad del caso.
Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Norma | Bolivia: Ley de 10 de diciembre de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Vacunacion Antituberculosa. -- La presentación del certificado es requisito indispensable, | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Jorge Aráoz C - Gastón Mujía, Senador Secretario.- T. Céspedes Añez, Senador GraL Peñaranda.- A. Ibáñez Benavente. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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