Artículo Único.- Se eleva a categoría de Ley el Decreto de 27 de Mayo de 1939, aprobándose la sesión y transferencia de un lote de terreno de un mil trecientos sesenta y seis metros cuadrados, hecha por la Alcaldía Municipal de Oruro, mediante escritura pública No. 42, extendida ante el Notario Municipal de dicha ciudad en 17 de junio de 1937, en favor del Club Atlético Nacional, quedando dicho terreno como propiedad exclusiva del indicado Club, mientras subsista éste.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 25 de Noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Ürquidi, Diputado Secretario-- Juan José Carrasco, Diputado Secretarlo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a dos 4 días del mes de Diciembre de 1941 años.
General Peñaranda.- A. Vilar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 4 de diciembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey. -- Se eleva a esta categoría el Decreto de 27 de mayo de 1939.
KeywordsLey, diciembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Ürquidi, Diputado Secretario-- Juan José Carrasco, Diputado Secretarlo. General Peñaranda.- A. Vilar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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