Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Cochabamba para que arriende a los colonos de la misma, la propiedad rustica denominada "Vacas", que posee en la Provincia de Arani del citado Departamento.

Artículo 2°.- El arrendamiento se efectuará por un canon anual no menor de Bs. 350.000.-- y por el tiempo de tres años a contar del 1o. de Agosto pasado, plazo que caducará en caso de que la propiedad fuera enajenada.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 24 de Noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- J. Mercado Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los 29 días del mes de Noviembre de 1941 años.
General Peñaranda.- A. Vilar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 29 de noviembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizacion. -- A la Municipalidad de Cochabamba para que arriende la propiedad rústica denominada "Vacas" que posee en la Provincia Arani.
KeywordsLey, noviembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- J. Mercado Diputado Secretario. General Peñaranda.- A. Vilar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.