Artículo 1°.- Créase en el Departamento del Beni dos nuevas provincias, con las denominaciones de "Marbán" y "Mamoré".
Artículo 2°.- La Provincia "Marbán" tendrá por Capital a Loreto y constará de dos Secciones Municipales: la Primera formada por Loreto y los Cantones Sachojere y San Antonio; la Segunda Sección tendrá por Capital a San Andrés, con los Cantones San Lorenzo y Porotó.
Artículo 3°.- La Capital de la Provincia "Mamoré" será San Joaquín. Estará formada por dos Secciones Municipales: la Primera constará de San Joaquín y el Cantón Puerto Siles; y la Segunda tendrá por Capital a San Ramón, con el Cantón Las Pampitas.
Artículo 4°.- Los límites de estas nuevas provincias serán los que actualmente definen la jurisdicción de cada uno de los cantones y circunscripciones que las forman, debiendo ser fijados en el terreno por una comisión del Instituto Geográfico Militar.
Artículo 5°.- La actual provincia "Marbán", que tiene por Capital a San Ignacio llevará el nombre "Moxos", quedando formada por los cantones San Francisco y San Lorenzo.
Artículo 6°.- Estas dos provincias no tendrán representación propia en la Cámara de Diputados, mientras una ley expresa no lo determine, debiendo elegir sus diputados en la forma como lo hacen actualmente.
Norma | Bolivia: Ley de 27 de noviembre de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Creacion. -- En el Departamento del Beni de dos nuevas provincias con las denominaciones de "Marbán" y "Mamoré". | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z., Diputado Secretario. General Peñaranda, - A. Vilar. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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