Artículo 1°.- El producto del impuesto a la sucesión de Guilermo Schustt se destina: 1o.- Para la reconstrucción del Templo del Gran Poder de esta ciudad; 2o.- Para reparaciones y arreglos en la Iglesia de Chululaya; 3o.- Para igual objeto en la Iglesia de Obrajes; y 4o.- Si hubiera suma remanente, ella se destinará a la adquisición de mobiliario para las escuelas de esta capital.

Artículo 2°.- El producto del impuesto sucesorio se Prefecto del Departamento de La Paz, como Presidente y como Vocales el Párroco de la Iglesia de El Gran Poder y el Presidente de la Junta de Vecinos de Chijini, nombrado por el Prefecto.

Artículo 3°.- El producto del impuesto sucesorio se entregará al Comité, quedando encargado de la administración y del trabajo de la Iglesia, debiendo rendir cuenta ante la Contraloría General de la República,


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 22 de noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos cuarentiun años.
Gral. Peñaranda.- J. Espada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 27 de noviembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuesto sucesorio. -- de Guillermo Schustt se destina a los siguientes trabajos.
KeywordsLey, noviembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z., Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- J. Espada.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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