Artículo 1°.- Elevase á Ley el Decretó de 9 de abril de 1937, que concede un empréstito dé DIEZ MILLONES DE BOLIVIANOS (Bs. 10.000.000), en favor del Departamento de Chuquisaca con destino a Vialidad y Obras Publicas.
Artículo 2°.- El saldo de tres millones que debe entregar el Banco Central, se aplicará en la siguiente
a) Camino carretero San Pedro-Azurduy | Bs. 1.000.000. |
b) Camino carretero Monteagudo-HuacaTeta | " 500.000.-- |
c) Camino carretero Padilla-Villa Serrano- Valle- grande | " 300.000. |
d) Camino carretero Lamboyo- Presto Tarabuco | 200.000.-- |
e) Camino carretero Alcalá -El Villar | " 100.000.-- |
f) Camino carretero Sucre- Poroma | " 300.000.-- |
g) Camino carretero Zudáñez-Mojocoya | " 200.000.-- |
h) Camino carretero Sucre-San Lucas-Camargo-Carreras | " 400.000.- |
Norma | Bolivia: Ley de 25 de noviembre de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ley. -- Elévase a este rango el Decreto de 9 de abril de 1937. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z., Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- J. Espada. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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