Artículo 1°.- Del Capítulo "Gastos Generales" del Presupuesto Nacional de la presente gestión, asígnase en favor de los herederos del que fue H. Representante Nacional, Dr. Julio Espinoza, fallecido en ejercicio de su mandato, la suma de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVIANOS (Bs. 45.000.-- ).

Artículo 2°.- Modificándose la ley de 5 de diciembre de 1914, los herederos de los HH. Representantes Nacionales, que fallecieren en el ejercicio de su mandato, percibirán la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVIANOS (Bs. 50.000.-- ), con cargo al Presupuesto de la respectiva Cámara.


al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones, del H. Congreso Nacional. La Paz, 17 de noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidí, Diputado Secretario.- . Félix Eguino Z., Diputado. Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de Noviembre de mil novecientos cuarentiun años.
Gral. Peñaranda.- J. Espada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 25 de noviembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAsígnase en favor de los herederos del Dr. Julio Espinoza, la suma de Cuarenta y cinco mil bolivianos
KeywordsLey, noviembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidí, Diputado Secretario.- . Félix Eguino Z., Diputado. Secretario. Gral. Peñaranda.- J. Espada.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.