Artículo 1°.- Exprópiase las aguas termales de Viscachani y el área precisa para la construcción de un hotel y sus dependencias.

Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de La Paz, en cuyo beneficio se hace la expropiación, arbitrará los fondos necesarios, sea sobre su presupuesto anual, sea por emisión de bonos o mediante préstamos de personas particulares.

Artículo 3°.- Se autoriza a la mencionada Prefectura para que pueda organizar una sociedad que explote el balneario y su hotel, y en la cual la Prefectura no podrá tener menos de un cincuenta por ciento de acciones.

Artículo 4°.- Tanto en el balneario de Urmiri como en el de Viscachani, la Prefectura deberá construir secciones de segunda y tercera categoría de habitaciones y baños. El no cumplimiento de lo anterior será causal de nulidad de la expropiación del balneario de Viscachani y de la clausura del de Urmiri.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 11 de Noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z, - Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.-
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los 17 días del mes de Noviembre de 1941 años.
General Peñaranda.- A. Vilar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 17 de noviembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioExpropiacion.-- de las aguas termales de Viscachaní y el área precisa para la construcción de un hotel y sus dependencias.
KeywordsLey, noviembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretario.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Félix Eguino Z, - Diputado Secretario. General Peñaranda.- A. Vilar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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