Artículo 1°.- La Segunda Sección de la Provincia Abaroa del Departamento de Oruro queda constituida en provincia independiente de la Primera Sección, con el nombre de "Ladislao Cabrera" teniendo por Capital Salinas de Garcí Mendoza.

Artículo 2°.- Formarán parte de la nueva provincia los actuales Cantones de la Segunda Sección que son: Salinas de Garci Mendoza, Pampa Aullagas, Challacota y Jirira y además los de Ucumasi y Aroma (antes Poque) que son elevados a esta categoría.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo mediante la Prefectura de Oruro, destacará una comisión presidida por un Ingeniero de la Dirección General de Obras Públicas para que levante el plano respectivo y fije los límites definitivos de la nueva Provincia, en el plazo de seis meses a contar de la promulgación de la presente ley.

Artículo 4°.- En el Presupuesto Departamental de 1942, se fijará la partida respectiva para el pago de haberes del Subprefecto y demás funcionarios de administración de esa provincia.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de Octubre de 1941
A. Galindo-- Rafael de Ugarte.- Gastón Mujía, Senador Secretado Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi; Diputado Secretario.- Félix Eguino Z. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 13 días del mes de Octubre de 1941.
Gral. E. Peñaranda.- A. Vilar--

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 13 de octubre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioProvincia Abaroa.-- La segunda Sección de ésta, queda constituida en Provincia Independiente de la Primera Sección, con el nombre de "Ladislao Cabrera" con su capital Salinas de Garcí Mendoza.
KeywordsLey, octubre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo-- Rafael de Ugarte.- Gastón Mujía, Senador Secretado Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi; Diputado Secretario.- Félix Eguino Z. Diputado Secretario. Gral. E. Peñaranda.- A. Vilar--
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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