Artículo 1°.- Se aclara el artículo 1° de la Ley de 14 de enero de 1941, en su inciso a) estableciéndose que la última revalorización sobre la venta de productos de la Compañía Boliviana de Tabacos es la autorizada por Resolución de la Dirección de Impuestos Internos en 19 de junio de 1940 y no por el artículo 1° del Decreto de 9 de noviembre de 1939.
Artículo 2°.- Se aclara el artículo 4° de la citada Ley en sentido de referirse a los fondos especificados en los artículos 1° y 2°
Norma | Bolivia: Ley de 15 de abril de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aclaracion.-- Los artículos 1° y 4° de la ley de 14 de enero de 1941 son redactados en la forma que se indica. | ||||
Keywords | Ley, abril/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Rafael de Ugarte.- Prof. C. Beltrán Morales, Senador Secretario.- A. Saavedra Nogales, Senador Secretario.- F. Flores J., Diputado Secretario.- F. Iturralde Ch., Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Edmundo Vásquez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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