Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que de inmediato, por intermedio de la Prefectura del Departamento de La Paz, contraiga un empréstito, hasta la suma de Un Millón de bolivianos, en cualesquiera de las instituciones bancarias o particulares del país, con un interés máximo del seis por ciento anual y amortización acumulativa del cuatro por ciento, con destino exclusivo a la reconstrucción del muelle y restablecimiento de la capitanía de Puerto Pérez, sobre el Lago Titicaca.
Artículo 2°.- Para el servicio de los intereses y amortización del referido empréstito, se crean los siguientes recursos, que serán recaudados por el Tesoro Departamental:
Artículo 3°.- Los fondos recaudados y los provenientes del empréstito y la ejecución de las obras, serán administradas por una Junta, presidida por el Prefecto del Departamento de La Paz e integrada por el Alcalde y por dos vecinos notables de Pucarani y el Director Departamental de Obras Públicas.
Artículo 4°.- Las atribuciones especiales de la Junta, serán reglamentadas por el Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 5°.- Estos impuestos, quedarán sin efecto y dejarán de recaudarse en cuanto hayan sido concluidos los trabajos y pagado el empréstito, previa cuenta documentada que deberá rendir el Prefecto del Departamento de La Paz, ante la Contraloría General.
Norma | Bolivia: Ley de 10 de enero de 1941 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Emprestito.-- Autorízase contraer por la suma de un millón de bolivianos, para la reconstrucción del muelle de Puerto Pérez | ||||
Keywords | Ley, enero/1941 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | A. Galindo.- Rafael de ligarte.- Prof. C. Beltrán Morales, Senador Secretario.- A. Saavedra Nogales, Senador Secretario.- F. Flores J., Diputado Secretario.- F. Iturralde Ch., Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Oscar Mariaca Pando. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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