Artículo 1°.- Declarar Zona de Desastre Nacional las áreas afectadas por las riadas ocurridas en el Valle Central del Departamento de Tarija.
Artículo 2°.- En aplicación del Artículo 148 de la Constitución Política del Estado, se instruye al Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de Defensa Nacional; Desarrollo Sostenible y Planificación, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; Vivienda y Servicios Básicos; Desarrollo Económico y de Hacienda, ejecutar un programa de emergencia para la rehabilitación de la infraestructura vial, productiva y social deterioras, implantando proyectos destinados a proteger las áreas de cultivo y prestar la asistencia necesaria en el orden social a las familias damnificadas.
Artículo 3°.- Se autoriza al Poder ejecutivo asignar y/o gestionar los correspondientes recursos locales, regionales, nacionales y externos necesarios para cumplir con lo dispuestos en los artículos precedentes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1941, 10 de febrero de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara Zona de Desastre Nacional las áreas afectadas por las riadas ocurridas en el Valle Central del Departamento de Tarija | ||||
Keywords | Ley, febrero/1999 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1941 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gámez. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco. Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi. Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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