Considerando:

  • Que en las elecciones realizadas el 10 de marzo del presente año para la organización del Poder Ejecutivo ha obtenido en ciudadano Enrique Peñaranda, la cifra de 58.060 votos para Presidente de la República en el periodo constitucional 1940 a 1944;
  • Que la indicada cifra constituyes la mayoría absoluta de votos emitidos por los electores:

DECRETA:

Artículo 1°.- Se proclama Presidente de la República al ciudadano Enrique Peñaranda castillo, cuyo periodo constitucional, se computará del 15 de abril de 1940 al 15 de agosto de 1944.

Artículo 2°.- Señálase el día 15 del mes en curso, horas 15 para recibir el juramento del Presidente proclamado, con el ceremonial de estilo.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso nacional.
La Paz, a 14 de abril de 1940.
(Fdo).- A. S. Saavedra.- Rafael de Ugarte.- M. Mogro Moreno.- Carlos Beltrán Morales.- R. Soriano E.- A. Villalpando.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 14 días del mes de abril de 1940 años.
(Fdo).- Gral. C. Quintanilla.- Gral. Ramos

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de abril de 1940
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPresidente de la República.- Se proclama al ciudadano Enrique Peñaranda Castillo.
KeywordsLey, abril/1940
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo).- A. S. Saavedra.- Rafael de Ugarte.- M. Mogro Moreno.- Carlos Beltrán Morales.- R. Soriano E.- A. Villalpando. (Fdo).- Gral. C. Quintanilla.- Gral. Ramos
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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