Artículo 1°.- En el Presupuesto Nacional de 1939, se consigna la cantidad de cien mil bolivianos, para las siguientes obras públicas en la provincia Oropela del Departamento de Chuquisaca:
a)-Captación de aguas potables para la población de Yotala;

  1. -Construcción de la carretera Poroma-Carretera Sucre-Cochabamba;
    c)-Continuación del camino carretero Sucre-Talula, pasando por Quila Quila.

Artículo 2°.- La anterior partida será cubierta con el rendimiento de los impuestos creados por los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la ley de 26 de noviembre de 1923, que ya no se encuentran afectados por el préstamo con cuya finalidad fueron creados, y, además, con la participación que quepa a la provincia en los impuestos de reciente creación sobre hojas de ruta, mucko y huiñapo.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 30 de octubre de 1938.
Renato A. Riverín.- A. Guzmán, Convencional Secretario.- R. Jordán Cuéllar, Convencional Secretario.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y ocho años.
Tcnl. Busch - W. Méndez.
Es conforme:
A. Hurtado.
Oficial Mayor de Obras Públicas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 19 de noviembre de 1938
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioObras Públicas en Oropeza.-Consignase una partida para este objeto en el Presupuesto de 1939.
KeywordsLey, noviembre/1938
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorTcnl. Busch - W. Méndez. A. Hurtado. Oficial Mayor de Obras Públicas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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