Artículo 1°.- Apruébase la Resolución Suprema de 14 de septiembre de 1938, que dispone la cesión de
5, 967.45 metros cuadrados de los terrenos fiscales situados en la región de Miraflores de esta ciudad, en favor de la Asociación de Periodistas.

Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia de 5, 273.65 metros cuadrados más, sobre los lotes adyacentes de propiedad fiscal, en vista de que la primera cesión se va a reducir considerablemente como efecto de la urbanización y apertura de calles en dicha zona, debiendo asimismo, compensarse, con superficies equivalentes las que fueren posteriormente expropiadas a la indicada Asociación.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 28 de octubre de 1938.
Renato A. Riverín.- A. Guzmán, Convencional Secretario.- R. Jordán Cuéllar, Convencional Secretario
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y ocho años.
G. Busch.- Bernardo Navajas Trigo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 10 de noviembre de 1938
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAsociación de Periodistas.-Apruébase la Resolución Suprema que concede a esta entidad una extensión de terreno en Miraflores.
KeywordsLey, noviembre/1938
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorG. Busch.- Bernardo Navajas Trigo.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.