Artículo Único.- Apruébase el Convenio sobre Inmigrantes suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 31 de diciembre de 1937, entre los Plenipotenciarios de Bolivia y Polonia, señores Enrique Finot, y Kasimiers Zedislaw Kurnukowski, respectivamente y se autoriza al Poder Ejecutivo para que proceda al canje de ratificaciones.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones de la H. Convención Nacional.
La Paz, 30 de octubre de 1938.
Renato A. Riverín.- A. Landivar Z.- J. Lijerón Rodríguez.- A. Guzmán.- R. Jordán Cuéllar, Convencionales Secretarios.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a 3 días del mes de noviembre de 1938 años.
Tcnel. G. Busch.- E. Diez de Medina.
Es conforme:
Téllez Reyes.
Subsecretario de Relaciones Exteriores

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 3 de noviembre de 1938
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInmigrantes.- Apruébase el Convenio suscrito entre los Plenipotenciarios de Polonia y Bolivia.
KeywordsLey, noviembre/1938
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorRenato A. Riverín.- A. Landivar Z.- J. Lijerón Rodríguez.- A. Guzmán.- R. Jordán Cuéllar, Convencionales Secretarios. Tcnel. G. Busch.- E. Diez de Medina. Téllez Reyes. Subsecretario de Relaciones Exteriores
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.